Junto con saludar y para poder terminar nuestro trabajo y desarrollar el ultimo tema.
- • ¿De qué manera se puede dar aplicación al Convenio 169 en el sistema penal, y al mismo tiempo, considerar el resguardo del principio de la igualdad ante la ley? (Es una discusión sobre la tensión que existe entre discriminación positiva en beneficio a ciertos grupos, y el principio de igualdad ante la ley)
- ¿Qué ocurre en otros países con este tema? (Señalar solo si tienen conocimiento al respecto, o si alguien en su grupo es de otro país. De lo contrario, pasar a la siguiente pregunta)
- ¿Qué nivel de avance implica esta resolución, y qué habría que hacer para avanzar más en la aplicación de esta convención en el sistema carcelario?
Saludos